0,50% del capital amortizado, si la amortización se produce dentro de los 5 primeros años de la vida del préstamo. 0,25% del capital amortizado, si la amortización se produce a partir de los 5 primeros años de la vida del préstamo. Comisión de apertura 1%, con un mínimo de 450,00 euros. Compensación por riesto de tipo de interés: 1% del capital pendiente que se amortiza anticipadamente, cuando la cancelación suponga una pérdida de capital para la Entidad |