Ayer se aprobó la fusión entre CaixaBank y Bankia, y por lo que habrá consecuencias para los ahorradores en diversos aspectos.
Ya tenemos precedentes, siendo la más reciente, la absorción del Banco Popular por el Banco Santander.
Las consecuencias serán más o menos las mismas:
- Lo más probable que todos clientes tengan que cambiar la numeración de sus cuentas. Tendrán que llevar el nuevo código de entidad resultado de la fusión o al menos los clientes de Bankia o Caixa Bank si finalmente se queda con uno de los códigos de entidad.
- Se cubrirá sólo 100.000€ por persona por la suma del dinero que haya depositado en el Bankia y CaixaBank, porque el resultado será un único banco.
- Los depósitos contratados siguen sin cambios (las mismas condiciones de plazo, rentabilidad, etc).
- Las cuentas de los clientes serán convertidos. No se sabe qué política vencerá, si los de CaixaBank o los de Bankia. Lo cierto es que ni uno ni otro se caracteriza por NO cobrar comisiones, así que ojo.
Comisión cuentas
Tanto Bankia (168€) como CaixaBank (240€) cobran comisiones por sus cuentas si NO te vinculas.
Creemos que si estáis en una de estas entidades es porque tenéis vinculaciones y no os cobran comisiones.
Pero tened cuidado, que los bancos pueden cambiar las condiciones de las cuentas y sus vinculaciones y por su puesto de las tarjetas. Simplemente os tienen que preavisar con 1 o 2 meses de antelación.
¿Sin comisiones?
Si queréis libraros de las comisiones, se puede en ambas entidades y sin tener que vincularse.
Se trata de sus cuentas online (Cuenta On de Bankia e ImaginBank de CaixaBank) sin comisiones, así que imaginamos que el resultado de los 2 bancos, conserve una cuenta de este estilo.
Eso sí, olvidaros de acudir a sus oficinas para hacer nada. Sólo vía online y cajeros.
¿Y si tengo una hipoteca o crédito con el banco?
Las condiciones y las vinculaciones no se pueden cambiar.
Lo malo es la cuenta asociada desde donde se paga la hipoteca, posiblemente tendrá comisiones, y dependerá de la política comercial del banco resultante.
Lo bueno de la situación actual, es que si no te convence, hay otros bancos que tienen los brazos abiertos para subrogarte la hipoteca, eso sí, tendrás que tener un perfil muy solvente.
Buenos días, soy asiduo de la página, suelo leer las noticias casi diariamente. Con respecto al penúltimo párrafo de la noticia de hoy (18SEP2020) sobre fusión de Bankia/Caixabank, deciros que no es ajustado a la normativa vigente y estáis llevando a engaño a los clientes, creo que deberíais consultar la página 299 de la memoria del Banco de España, en lo referente a «Comisiones de Mantenimiento y Administración de las cuentas vinculadas a las hipotecas» y después publicar una rectificación al respecto. Gracias.
Tienes razón en cuanto si tienes una cuenta que se utiliza exclusivamente para el pago de las cuotas de la hipoteca.
El problema viene en el punto de exclusivo. Si tienes cualquier cosa más, ya no se aplica.
Existe muchas dificultades para conseguir que te eximan de las comisiones de la cuenta asociada.
No necesariamente tendrían que cambiar los números de cuenta. Podrían conservar ambas fichas bancarias. Yo todavía conservo una numeración de cuenta de Banesto.
Qu pena!. No habéis insertado el texto completo sobre «Comisiones de mantenimiento y administración de las cuenta vinculadas» de la página 299 y 300 de la memoria del Banco de España, solamente el primer párrafo. Empiezo a dudar de vuestra honestidad.¿Tenéis algún interés en ello?.
Cualquiera que tenga un crédito, depósito o hipoteca asociado a una cuenta vinculada, constituido antes del 29ABR2012 y que no hayan sido objeto de novación posterior a dicha fecha, para que la entidad bancaria no pueda cobrar las comisiones antedichas, hay que cancelar todo lo que tengas con el banco (tarjetas, recibos domicliados, etc…) de forma que en la cuenta asociada, al crédito, depósito o hipoteca, sólo quede el pago de la hipoteca, transcurrido un trimestre en esta situación (como único movimiento el pago de hipoteca), al siguiente trimestre el banco no tiene derecho a cobrar comisión alguna.
En mi caso lo hice así y funcionó con Caixabank, eso sí, después de presentar reclamación ante el defensor del cliente de la entidad con mención a la página 299 y 300 del BDE.
Un saludo.
Los comentarios están abiertos. Puedes insertar tu mismo lo que quieras.
Mencionaste la página 299, y lo que ahí figura lo que hemos insertado. No mencionaste la página 300.
Pero vamos, el documento también está en internet: https://www.bde.es/f/webbde/Secciones/Publicaciones/PublicacionesAnuales/MemoriaServicioReclamaciones/18/00_Memoria_reclamaciones_completa.pdf
Qué más nos dará a nosotros…
Además, reafirma en lo que decimos, no?
Uso exclusivo y que hay dificultades para que te exima de comisiones. Como indicas, tuviste que reclamar ante el defensor del cliente.