¿Tienes hijos? ¿Comprueba si tienes derecho de hasta 1.000€ por hijo de p...
La prestación por hijo a cargo es una ayuda que se otorga la Seguridad Social a las familias con hijos menores y rentas bajas.
En la siguiente calculadora te ayudamos a determinar si tienes derecho o no a la ayuda dependiendo de vuestra situación familiar: ingresos, número de miembros y situación de cada uno.
En caso de tener derecho, os indicaremos también la cuantía a cobrar teniendo en cuenta la situación de los cónyuges.
¿Quién tiene derecho a esta ayuda?
Los residentes en España con hijos menores de 18 años a cargo y que no tengan rentas anuales superiores a (2021):
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- Con 1 hijo: 12.536€ (en 2020, 12.313€)
- Con 2 hijos: 14.416€ (en 2020, 14.159€)
- Con 3 hijos: 18.867 (en 2020, 18.532€)
- Con 4 hijos o más: 18.867€ + 3.056€ (por cada hijo a mayores).
En caso de tener un hijo con discapacidad (puede ser mayor de edad), no hay límite de ingresos en la unidad familiar.
¿Cuál es la cuantía de la ayuda?
- Por cada hijo menor de 18 años sin discapacidad: 341€ anuales o 588€ anuales si la familia está en situación de pobreza severa.
- Por cada hijo menor de 18 años con discapacidad: 1.000€ anuales.
- Por cada hijo mayor de 18 años con discapacidad:
- Igual o superior al 65%: 4.704€ anuales
- Igual o superior al 75%: 4.756€ anuales
¿Pobreza severa?
Las familias con ingresos inferiores según la siguiente tabla (2021):
Situaciones familiares
Familias con ambos cónyuges conviviendo
Para el límite de ingresos se tiene en cuenta las rentas de ambos cónyuges.
Puede solicitar ambos cónyuges, y han de ponerse de acuerdo. A falta de acuerdo, la ayuda se concede a la madre.
Familias divorciados o separadas
La ayuda es para el cónyuge con la custodia de los menores.
En caso de custodia compartida, la ayuda se reparte según la proporción de la custodia.
El límite de ingresos se tiene exclusivamente en cuenta las rentas del cónyuge solicitante, que tendrá derecho a su parte de la custodia.
Familias monoparentales
El padre/madre podrá cobrar el 100% de la ayuda, siempre que cumple el límite de ingresos.
Parejas de hecho
Igual que matrimonios que convivan juntos.
En caso de ruptura, sería similar a las familis divorciadas o separadas.
Hijos huérfanos
Pueden cobrar esta ayuda siempre que cumpla que esté dentro del límite de ingresos teniendo en cuenta el resto de las ayudas que pueda percibir: orfandad, a favor de familiares, etc).
¿Y si no convivimos juntos?
Es imprescindible convivir en el mismo domicilio para recibir la ayuda salvo en casos excepcionales como por ejemplo:
- Los hijos menores están estudiando e internado en un colegio.
- Uno de los cónyuges tenga que irse a otro lugar por trabajo.
- La hospitalización de cualquiera de los miembros de la unidad familiar.