También sube la PNC hasta los 369,90€ al mes, un 0,25% más

Comparativa Productos

Utilidades
Otros

También sube la PNC hasta los 369,90€ al mes, un 0,25% más
05 de enero del 2018 a las 12:25

El Gobierno ha subido las Pensiones No Contributiva, una ayuda económica mensual para los jubilados e incapacitados sin derecho a una pensión contributiva y que carecen de rentas, en un 0,25%.

Concretamente la Pensión No Contributiva máxima para el 2018 será de 5.178,60€ anuales, que se abonan en 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias al año, es decir, 369,9€ al mes, 1€ más al mes.

Cada pensionista cobrará una cuota que depende de sus rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia, con los siguientes límites:

  • Cuota máxima PNC: 369,90€/mes con 14 pagas para quienes la soliciten y tengan derecho a la cuota íntegra (máx anual 5.178,60€)
  • Cuota mínima PNC: 92,48€/mes con 14 pagas (cuantía mínima anual 1.294,65€ corresponde al 25% de la máxima establecida, cifra por debajo de la cual no puede bajar)

Cuando dentro de una misma familia conviva más de un beneficiario de pensión no contributiva, la cuantía individual para cada uno de ellos es la siguiente:

NºBeneficiarios Anual Mensual
2 4.401,81 € 314,42 €
3 4.142,88 € 295,92 €

Quienes tengan un grado de discapacidad igual o superior al 75%, así como la necesidad de otra persona para realizar los actividades básicas de la vida cotidiana, podrán incrementar esta cuantía individual de PNC con el llamado Complemento por Necesidad, que para el año 2018 es de 2.589,30€ anuales.

Cuantía Anual Mensual
Íntegra 5.178,60 € 369,90 €
Mínima 25% 1.294,65 € 92,48 €
Íntegra más Incremento 50% 7.767,90 € 554,85 €

Carencia de rentas

También se ha actualizado el límite de ingresos para el 2018 para poder acceder a las pensiones no contributivas:

  • Existe carencia cuando las rentas o ingresos de que se disponga, en cómputo anual para 2018, sean inferiores a 5.178,60 € anuales.
  • No obstante, si son inferiores a 5.178,60 € anuales y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su Unidad Económica de Convivencia, sean inferiores a las cuantías que se recogen a continuación:

Convivencia sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado:

Nº convivientes €/Año
2 8.803,62
3 12.428,64
4 16.053,66

Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos:

Nº convivientes €/Año
2 22.009,05
3 31.071,60
4 40.134,15

Para más información ver:

>> Prestación NO Contributiva de Jubilación
>> Pretación NO Contributiva de Invalidez



Anuncios

Última actualización: 24 de Noviembre del 2024