No todo son malas noticias. IPREM y las ayudas a los parados suben un 5% en 2021. ¿Timo?

Comparativa Productos

Utilidades
Otros

No todo son malas noticias. IPREM y las ayudas a los parados suben un 5% ...
05 de enero del 2021 a las 9:36

El IPREM ha sido actualizado en 2021 con una subida del 5%, tras 4 años congelados. Una buena noticia para los desempleados con derecho a algún subsidio del Servicio de Empleo (SEPE) que experimentará la misma subida.

Concretamente, esta subida supondrá 21€ al mes más en los bolsillos de los beneficiarios de los subsidios y la RAI que otorga a SEPE a los desempleados sin derecho a una prestación contributiva.

Pero también afecta a la pestación de desempleo: cuantías mínimas y máximas que están referenciadas a este índice:

1. Cuantía subsidios de desempleo y RAI:

  • Se percibe el 80% del IPREM mensual, subirá desde los 430,27€ mensuales hasta los 451,72€ al mes. 21, 45€ más al mes.

2. Cuantía mínima de la prestación.

  • El 80% del IPREM mensual incrementado en una sexta parte si no se tiene hijos. 527,08€ al mes en lugar de 501,98 de 2020.
  • El 107% del IPREM mensual incrementado en una sexta parte si se tiene hijos. 704,97€ al mes en lugar de 671,40 de 2020.

3. Cuantía máxima de la prestación.

  • El 175% del IPREM mensual incrementado en una sexta parte si no se tiene hijos. 1152,99€ al mes en lugar de los 1.098,09 de 2020.
  • 200% IPREM si se tiene 2 hijos. 1317,71€ al mes en lugar de 1.254,96 de 2020.
  • 225% IPREM si se tiene 3 hijos. 1482,42€ al mes en lugar de 1.411,83 de 2020.

La cuantía de la prestación de desempleo no cambia

La prestación de desempleo o paro no está referencia al IPREM, sino a tu base de cotizaciones de los últimos 3 meses de trabajo.

Con la subida del IPREM no os afecta para nada salvo en las 2 siguientes situaciones:

  • Si estabas cobrando la prestación mínima o si tu prestación sea menor que la mínima de este año. Se te subirá la paga hasta este mínimo.
  • Si estabas cobrando la prestación máxima, pero que tendrías derecho por cotizaciones a cobrar más, también experimentarás un incremento.

¿Por qué no he cobrado más en la nómina de enero?

En la nómina de enero se cobra por los días de la ayuda del mes de diciembre, que seguía con el IPREM de 2020.

Cuando lo notaréis será en la nómina del mes de febrero, que es cuando se cobra por los días del mes de enero ya con el IPREM actualizado del 2021.

¡He cobrado incluso menos en enero!

No ha sido por el tema del IPREM. Puede ser debido por 3 motivos que se nos ocurre ahora:

  1. Durante el mes de diciembre, has agotado los primeros 180 días de la prestación, por lo que los días 181 y siguientes pasas a cobrar el 50% en lugar del 70% de tu base de cotizaciones.
  2. Durante el mes de diciembre se te ha agotado la prestación.
  3. Durante el mes de diciembre has cometido alguna infracción y SEPE te ha suspendido la ayuda desde ese día.

¿El timo del invento del IPREM para los parados?

El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) es el índice de referencia empleado en España para el cálculo del umbral de ingresos a efectos de ayudas, becas, subsidios de desempleo, asistencia jurídica gratuita, subvenciones….

Fue el sustituto de SMI que antes del 2004 se empleaba como referencia de estas ayudas.

El IPREM se actualiza anualmente y se fija en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Desde su nacimiento el IPREM ha sufrido un cambio al alza progresivo y entorno o por debajo del IPC. Pero si lo comparamos con el SMI, claramente ha evolucionado por debajo de éste índice.

Ambos índices tenía el mismo valor para el 2004, pero en 2020, el IPREM día está en 17,93€ mientras que el SMI está en 31,57€. Esto tiene unas consecuencias graves para los desempleados.

De hecho, este es el primer año que el IPREM sube por encima del SMI.

Año IPREM SMI Cuantía subsidio
Diario Mensual Variación Diario Mensual Variación Real
80% IPREM
Supuesto
80%SMI
2004 15,35 € 460,50 € 15,35 € 460,50 € 368,40 € 368,40 €
2005 15,66 € 469,80 € 2,01% 17,10 € 513,00 € 11,40% 375,84 € 410,40 €
2006 15,97 € 479,10 € 1,98% 18,03 € 540,90 € 5,44% 383,28 € 432,72 €
2007 16,64 € 499,20 € 4,20% 19,02 € 570,60 € 5,49% 399,36 € 456,48 €
2008 17,23 € 516,90 € 3,55% 20,00 € 600,00 € 5,15% 413,52 € 480,00 €
2009 17,57 € 527,24 € 1,97% 20,80 € 624,00 € 4,00% 421,79 € 499,20 €
2010 17,75 € 532,51 € 1,02% 21,11 € 633,30 € 1,49% 426,01 € 506,64 €
2011 17,75 € 532,51 € 0,00% 21,38 € 641,40 € 1,28% 426,01 € 513,12 €
2012 17,75 € 532,51 € 0,00% 21,38 € 641,40 € 0,00% 426,01 € 513,12 €
2013 17,75 € 532,51 € 0,00% 21,51 € 645,30 € 0,61% 426,01 € 516,24 €
2014 17,75 € 532,51 € 0,00% 21,51 € 645,30 € 0,00% 426,01 € 516,24 €
2015 17,75 € 532,51 € 0,00% 21,62 € 648,60 € 0,51% 426,01 € 518,88 €
2016 17,75 € 532,51 € 0,00% 21,84 € 655,20 € 1,02% 426,01 € 524,16 €
2017 17,93 € 537,84 € 1,00% 23,59 € 707,70 € 8,01% 430,27 € 566,16 €
2018 17,93 € 537,84 € 0,00% 24,53 € 735,90 € 4,00% 430,27 € 588,56 €
2019 17,93 € 537,84 € 0,00% 30,00 € 900,00 € 22,30% 430,27 € 588,56 €
2020 17,93 € 537,84 € 0,00% 31,57 € 950,00 € 5,55% 430,27 € 588,56 €
2021 18,82 € 564,73 € 5,00% 31,57 € 950,00 € 0,00% 451,78 € 588,56 €

Viendo la tabla, los últimos 17 años, los beneficiarios de los subsidios de desempleo han perdido 137 euros mensuales al referenciarse su subsidio al IPREM en lugar de al SMI.

8 Comentarios
  • por Javier Lopez 10 febrero, 2021 a las 16:36

    Hola,
    Tengo una prestacion contributiva por desempleo reconocida el 17-11-2020 de dos años
    Debido a mi base de cotizacion (mas de 3.000 euros) la prestacion es la maxima.
    En la nomina de febrero de 2021 la cantidad sigue siendo la misma, no han aplicado subida del maximo por IPREM.
    en la sede electronica del SEPE sigue constando que mi prestacion es la del importe previo a subida IPREM.
    ¿Es normal?
    Gracias

    • por Mejores depósitos bancarios 11 febrero, 2021 a las 9:24

      Te tienen que haber subido y cobrar el nuevo máximo.

      Los máximos de 2021:

      Cuabtía máxima prestación contributiva Euros
      Sin hijos/as 1.153,33 €
      1 hijo/a 1.318,10 €
      2 hijos/as o más 1.482,86 €

  • por Jordi 23 febrero, 2021 a las 11:29

    Hola.
    Durante el 2020 he cobrado del paro la cuantía máxima ya que mi base cotización es bastante superior a ese importe.
    Para el presente año 2021, me correspondería seguir cobrando el máximo estipulado que creo ahora ha subido hasta los 1.153,33€ ( sin hijos)
    Pero en la web del SEPE veo que no aparece este importe actualizado y sigue apareciendo el del año 2020 para la liquidación del mes de Enero.
    Sabéis si es problema de actualización de la web del SEPE o hay alguna otra posible incidencia ?
    Muchas gracias ¡

    • por Jordi 2 marzo, 2021 a las 10:17

      Hola.
      Esta mañana he comentado esta circunstancia con el SEPE y me han dicho que NO se regulariza el importe a cobrar y no se tiene derecho al nuevo máximo para el 2021.
      La explicación es – un poco ilógica ciertamente – que el derecho a cobrar el paro nació en el año 2020 y que el importe establecido en ese momento se mantiene para el resto de años que se cobre el paro, sin afectarle incremento en el máximo a cobrar, es decir, una vez te determinan el importe del paro, ya siempre cobras lo mismo por muchas subidas que puedan haber.
      Es ilógico ya que en el caso de que tus circunstancias varíen para reducir el importe, como hijos que ya no computan para dicho cobro, pues si que te varían el importe a cobrar.
      Conclusión , no se tienen en cuenta las circunstancias que puedan incrementar tu subsidio de paro; pero en el caso de circunstancias que disminuyen ese importe entonces si se consideran.

  • por Ignacio 8 abril, 2021 a las 13:15

    Hola asesores de tucapital.es,
    Misma situación que los anteriores intervinientes: prestación por desempleo máxima con dos hijos, en mi caso, que empecé a cobrar en noviembre 2020. Mi base reguladora está también muy por encima de topes por lo que aun con el incremento del 5% del IPREM seguiría topado en 1482,86. Sin embargo, como en los anteriores casos, me siguen pagando el máximo calculado sobre el IPREM 2020 (1411,83). La diferencia entre uno y otro importe, por los 22 meses que me quedan de ene 2021 en adelante son más de 1500 euros. El criterio que sosteneis vosotros es el que parece lógico: si el máximo es el 225% del IPREM y el IPREM cambia, debe cambiar (subir un 5%) la prestación. Sin embargo no se está aplicando así. ¿Podríais profundizar y aclararlo? Yo puse una reclamación y me la han desestimado, diciendo se aplica el IPREM de cuando se calculó y ya no se modifica, pero sin alear ningún precepto legal ni nada. ¿Cuál es el soporte legal, jurisprudencial o administrativo en el que os basais vosotros vuestra opinión? Lo digo porque la única alternativa es ir a juicio y no quisiera ir si el tema no está claro … Gracias!

    • por Mejores depósitos bancarios 9 abril, 2021 a las 10:22

      En todos los subsidios les han subido cuando han cambiado el IPREM.

      Tanto el SMI como el IPREM son como límites de ingresos y cambia cada año.

      Te deberían de respetar. Porque si suben el IPREM o el SMI es porque es una cuantía necesaria para vivir.

      Percepto legal? lo siento amigo, no somos abogados, hablamos siempre desde la experiencia. Nos parece un abuso lo que le está haciendo y tendrás que hacer una consulta a un abogado por si se puede reclamar.

      Salu2.

    • por Jordi 12 abril, 2021 a las 9:25

      Hola.
      A mi pareja que está en la misma situación que todos nosotros, tampoco le han subido ese 5%.
      Cuando estuve preguntando al SEPE sobre este tema, tal como he comentado antes, su postura es que se cobra para siempre la cantidad que se determina al momento de «crearse la prestación», sin que le afecten circunstancias futuras.
      Yo les interpelé que si cambian las circunstancias como cuando un hijo cumple 26 años, si que se modifica ese importe y se cobra menos.
      Y su respuesta , un tanto curiosa, es que si cambian tus circunstancias o cualquier nueva normativa que haga que debas cobrar menos, se aplica dicha corrección; ahora bien, si es para cobrar mas, entonces prevalece el «importe original» y no da lugar a ese posible incremento.
      Es decir, para rebajar, siempre se aplica todo lo que acontezca, pero para subir, ya no ….

    • por Mejores depósitos bancarios 12 abril, 2021 a las 11:22

      Ya, es totalmente ilógico. Pero saben que casi nadie va a reclamar vía judicial… en cambio sí que hicieron con el subsidio de mayores de 55 años y los jueces dieron la razón a los desempleados.

      Aquí puede ser similar, pero claro, quién va a reclamar vía judicial por unas decenas de euros más al mes?

      Son unos sin vergüenzas.

      Salu2

¿Alguna duda? Te respondemos



Anuncios

Última actualización: 21 de Noviembre del 2024