IRPH, abusivo si no hubo transparencia. Calcula lo que te tiene que devolver
El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha dictaminado que el índice hipotecario IRPH no está excluido del ámbito de la directiva sobre cláusulas abusivas y puede por tanto ser controlado judicialmente pese a estar regulado por el Banco de España.
Los jueces deben de comprobar que en los contratos hipotecarios, el banco informó de forma transparente a sus clientes y en caso contrario anularlo por abusivo y reemplazar por otro índice más favorable para el cliente como es el euríbor y devolver el dinero cobrado de más.
¿Cuánto dinero supone?
Para un préstamo medio de 150.000 euros firmado en 2010 a 25 años de plazo y referenciado al IRPH + 0,25%, daría como resultado una suma de cuotas pagadas de 123.854 euros y que le quedaría un capital pendiente de amortizar de 88.170 euros.
Si dicho préstamo hubiera estado referenciado al Euribor + 0,25%, el total de cuotas pagadas sería de 103.985 euros y restarían por devolver 79.513 euros.
Por tanto, con el préstamo referenciado al IRPH se han pagado de más 28.525 euros.
Podéis calcular vuestro ahorro utilizando la siguiente calculadora:
¿Cuántas hipotecas españolas se rigen por él?
Hay entorno a 1 millón de familias con la hipoteca referenciada a éste índice, y la mayoría se firmaron entre los años 2005 y 2009, más de 10 años, con lo que el banco les tendría que devolver decenas de miles de euros, además de lo que se ahorraría a partir de estos momentos.
¿Qué tendrán que hacer los afectados tras la sentencia del TJUE?
Según la sentencia del TJUE, los afectados NO serán indemnizados de forma automática, deben de acudir vía judicial y reclamar que no se les informaron de forma transparente lo que supone tener el IRPH como índice de referencia para sus hipotecas.
Para ello, ha de contratar un abogado y emprender acciones legales.
¿Cómo saber si tengo el IRPF?
Si las cuotas que pagas por tu hipoteca no ha cambiado prácticamente nada en los últimos 5 a 10 años, sospecha que podría tener el IRPH como referencia.
Para asegurarse, ha de consultar sus escrituras. Ahí debe de venir reflejado.
¿Te informaron de forma transparente?
Debe de acudir nuevamente a las escrituras y leer lo que indica en el apartado de la hipoteca.
Según el TJUE, los bancos deben de demostrar que ofrecieron información sobre la evolución del índice al cliente al que le concedieron este tipo de hipotecas. ¿Hay alguna mención a este respecto en las escrituras?