Hacienda se carga también el Programa Padre, en 2017 todos a RentaWeb

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Hacienda se carga también el Programa Padre, en 2017 todos a RentaWeb
19 de diciembre del 2016 a las 9:49

La Agencia Tributaria elimina el Programa Padre para el 2017 y obligarán a todos a utilizar la RentaWeb, un híbrido del Borrado y el programa Padre, para confeccionar las declaraciones de la renta.

RentaWeb es un servicio online que la Agencia Tributaria presentó en 2016 en sustitución del Borrador de la Renta y que por lo visto en 2017 también reemplazará el Programa Padre.

Esa es la principal novedad del calendario del contribuyente para el 2017 que ha publicado la Agencia Tributaria.

Este año tampoco habrá simulador de la renta 2016

Al igual que el año pasado, este año AEAT no tiene previsto lanzar el simulador de renta del 2016 antes de fin de año, según indica el servicio técnico de AEAT vía twitter.

Este programa facilitaba la realización de los cálculos y permitía simular el resultado de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas referida del año en curso a presentar al año siguiente.

Era un buen instrumento a tener en cuenta para hacer previsión de nuestros gastos y para realizar algún tipo de operación de inversión/desinversión antes de fin de año para tener que pagar menos a hacienda.

Calendario Renta

  • 5 de Abril: Inicio presentación por Internet del borrador de Renta y de las declaraciones de Renta 2016.
  • 11 de Mayo: Inicio presentación presencial en entidades colaboradoras, Comunidades Autónomas y oficinas de la AEAT de la declaración anual 2016.
  • 26 de junio: Último día para la presentación del Borrador y declaración anual 2016 con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.
  • 30 de junio: Último día para la presentación de la declaración anual 2016 con resultado a devolver, renuncia a la devolución, negativo y a ingresar sin domiciliación.

¿Qué puedo hacer para reducir mi factura fiscal?

Os dejamos alguna ideas:

  • Si has satisfecho cantidades antes del 2013 para obras de rehabilitación o ampliación de la vivienda habitual, siempre que esas obras estén terminadas antes del día 1 de enero de 2017 podéis deduciros un 15% de las aportaciones del 2015 hasta un máximo de 9.040 euros.
  • Si has comprado una vivienda antes de 2013 podéis realizar aportaciones a vuestra hipoteca hasta un máximo de 9.040 euros por persona (en declaración individual) por lo que tendréis derecho a una deducción del 15% de dicha cantidad. Es conveniente aportar lo máximo que podamos, ya que es posible que a partir del 2014 eliminen esta deducción para todos.
  • Si necesitas adecuar tu vivienda habitual para una persona con discapacidad te puedes deducir un 10% de la cuantía satisfecha siempre que la obra se termine antes de enero de 2017.
  • Realizar aportaciones a planes de pensiones, se deduce hasta el 52% del dinero aportado en función de las rentas del contribuyente. Eso sí, cuando rescatemos el plan de pensiones tendríamos que pagar impuestos que será la que se fije para entonces.
  • Si tienes minusvalías pendiente de compensar, tened en cuenta que sólo disponéis de 4 años para hacerlo; si hay posibilidad de compensarlo quizás sea el momento, eso sí, cuidado con el cambio de legislación sobre las plusvalías de corto y largo plazo.
6 Comentarios
  • por David Castelló Salvo 19 diciembre, 2016 a las 10:45

    En el edificio donde tengo mi vivienda habitual, realizamos en 2014 una obra para bajar los ascensores a cota cero y eliminar la barrera arquitectónica que suponían 7 amplios escalones en el zaguan y que dificultaban el acceso a gente con minusvalía. Cada vecino tuvimos que desembolsar un importe aproximado de 1.000 €. Este importe tiene algún tipo de deducción? Es asimilable a rehabilitación o mejora de la vivienda?

    Muchisimas gracias por su respuesta
    Saludos
    David

    • por Mejores depósitos bancarios 19 diciembre, 2016 a las 12:12

      Había una deducción para eso, pero caducó en 2012.

      Saludos.

  • por juan montesdeoca 19 diciembre, 2016 a las 13:40

    Este año fiscal 2016, me jubilé en el mes de Marzo,para pasar a la seguridad social, por consiguiente tengo dos pagadores, como debo tributar?.. estare penalizado por tener dos pagadores? puedo realizar la declaración simplificada?.
    Muchas gracias por vuestra respuesta.
    Saludos..
    Juan

    • por Mejores depósitos bancarios 19 diciembre, 2016 a las 13:46

      Tener 2 pagadores no penaliza. Lo que ocurre es que cada pagador te retiene en función de lo que ellos te pagan, es deicr, menos de lo que debería y por eso, cuando se hace la declaración sale a pagar más de la cuenta.

      Pero eso no se debe a que te penalicen, es porque previamente te han retenido menos.

      En cuanto a la declaración simplificada, a qué te refieres, al borrador…, eso ha dejado de existir, y ahora es la rentaweb que es muy similar al borrador.

      Salu2.

  • por Deivid 19 diciembre, 2016 a las 14:14

    Yo compré una casa en marzo de este año, me podría desgravar algo de los gastos de compra en la declaración cuando la haga???

    • por Mejores depósitos bancarios 20 diciembre, 2016 a las 8:42

      Lo siento, la deducción por adquisición de vivienda ya no existe.

      Salvo que lo hayas tenido alquilado o si lo alquilas, no podrás deducir nada de nada.

      Salu2.

¿Alguna duda sobre la declaración de la renta? Respondemos



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Última actualización: 26 de Diciembre del 2024