El Supremo dicta NULAs las clausulas suelo de las hipotecas y sienta jurisprudencia en este sentido.
Sin embargo, no es oro todo lo que reluce, ya que para que sea Nula dicha clausula, los contratos de préstamo hipotecario se ha de haber firmado bajo unas condiciones de falta de transparencia.
Queda en manos del hipotecado probarlo, aunque hay abogados que defienden lo contrario, y dicen que es el banco, la parte fuerte, el que tiene que demostrar que fue transparente por el principio de la inversión de la carga de la prueba.
Por otro lado, el alto tribuna no obliga a los bancos a devolver lo pagado hasta el momento, cosa contradictorio a la sentencia. Si es nula la clausula, tendrá que haber una compensación económica a este respecto.
Por lo tanto, son todo dudas, ya que aún no ha publicado la sentencia completa, sino tan sólo una escueta nota de prensa:
EL PLENO DE LA SALA PRIMERA DEL TRIBUNAL SUPREMO HA RESUELTO UN RECURSO SOBRE LAS DENOMINADAS CLAÚSULAS SUELO
La Sala Primera del Tribunal Supremo, reunida en pleno, ha estimado parcialmente un recurso de casación (485/2012) en el que se planteaba un asunto sobre las denominadas “claúsulas suelo”, con arreglo a los siguientes puntos:
- Se declara la nulidad de las cláusulas suelo en los casos de falta de transparencia, como acontece en los tres supuestos examinados en el asunto que resuelve.
- Se declara que este pronunciamiento no comporta devolución de las cantidades ya satisfechas.
- Se razona que este pronunciamiento no significa la nulidad de las denominadas cláusulas suelo cuando se cumplan los requisitos de transparencia respecto de los consumidores.
No se han anunciado votos particulares al fallo.
Una vez esté redactada por el magistrado ponente, la sentencia se notificará a las partes.
Madrid, 20 de marzo de 2013.
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30 de noviembre del 2021
La firma de un préstamo hipotecario para financiar la compra de una primera vivienda es probablemente la decisión financiera más importante en la vida de una persona. Acertar no es cosa de suerte: los servicios de un profesional de la gestión negociación hipotecaria son una gran ayuda.
07 de noviembre del 2018
Ha ocurrido algo inaudito, el pleno de la Sala Tercera del Tribunal Supremo le quita la razón a su Sección Segunda, e indica que el Impuesto sobre IAJD lo ha de pagar el cliente.
Los afectados, sólo podrá esperar a una sentencia favorable del TJUE, como ya ocurrió con la cláusula suelo.
Os indicamos lo que se puede reclamar actualmente.
19 de octubre del 2018
Si tienes hipoteca o has tenido, tienes derecho a reclamar los gastos de formalización de la misma a tu banco y no es una tontería, puede ser miles de euros.
Según varias fuentes, al declarar abusiva estas cláusulas, son nulas de por ley y por lo tanto, no hay límite temporal para iniciar la reclamación.