BBVA ha sido nuevamente sancionado por un importe de 4 y otro de 2 millones de euros por 2 infracciones del tipo grave en la venta de sus productos hipotecarios.
La entidad ya fue sancionado y por 2 veces en el año 2018 por temas relacionados con la concesión de hipotecas.
Concretamente, esta vez ha sido multado por la comisión de 2 infracciones graves tipificada en el artículo 15 del Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos:
4 Millones de multa por haber «incumplido las obligaciones derivadas del artículo 5.9 del citado Real Decreto-Ley, en relación con la información que se proporciona a los clientes sobre la existencia y contenido del código de buenas prácticas, así como, en determinados casos, sobre la información relativa a las causas de denegación de las solicitudes o la documentación a proporcionar por el cliente».
2 Millones de multa por haber «incumplido algunas de las obligaciones derivadas del artículo 5.4 del citado Real Decreto-Ley, relacionadas con cuestiones tales como el momento en que deben aplicarse los efectos económicos de las reestructuraciones, y, en determinados casos, su plazo de amortización o la exigencia de condiciones adicionales a las establecidas en la norma».
Infracciones en 2018
En noviembre de 2018, fue sancionado con una multa de 1,5 millones de euros por » incumplimientos de determinadas exigencias relativas a la información precontractual a facilitar al cliente, a la forma de cálculo de la TAE, a la información proporcionada en relación con compensaciones por riesgo de tipo de interés en amortizaciones anticipadas y al cobro de comisiones por cancelación registral y, finalmente, a la custodia de la documentación contractual, obligaciones todas ellas establecidas en la Orden 2899/2011 y la Circular del Banco de España 5/2012″.
En el mismo mes, también fue multado por 1,2 millones de euros por incumplimientos relativos a los límites impuestos por la Ley 41/2007 a las compensaciones por desistimiento en amortizaciones anticipadas y a las reglas sobre la sustitución de índices de referencia establecido en la Disposición Adicional Decimoquinta de la ley 14/2013″.
¿Otros bancos?
Hay varios bancos sancionados por incumplimiento en lo relativo a la entrega de información precontractual, al cálculo de la TAE que figura en dicha información y a la omisión de dicha tasa en la documentación contractual, así como a los gastos repercutidos a los clientes por servicios de gestoría.
Banco |
Año |
Sanción |
Ibercaja |
2020 |
1.080.000€ |
Cajamar |
2020 |
900.000€ |
Bankinter |
2020 |
5.200.000€ |
ING |
2019 |
5.400.000€ |
Banco Santander |
2019 |
3.200.000€ |
Triodos Bank |
2019 |
174.000€ |
Unicaja |
2019 |
450.000€ |
ABANCA |
2018 |
3.000.000€ |
CaixaBank |
2018 |
1.200.000€ |
BBVA |
2018 |
1.500.000€ |
Popular |
2018 |
1.500.000€ |
Otra infracción similar y relacionado que ha cometido los bancos y que han sido sancionados aparece la de los incumplimientos de las Leyes 41/2007, 2/1994 y 44/2002.
Está relacionado con:
- El cobro de comisiones por amortización anticipada y compensación por riesgo de tipo de interés
- El cobro de comisiones por novación en ampliaciones de plazo
- Redondeos de tipo de interés.
Los bancos multados son:
Banco |
Año |
Sanción |
Banco Santander |
2019 |
3.200.000€ |
Unicaja |
2019 |
1.050.000€ |
CaixaBank |
2018 |
3.600.000€ |
BBVA |
2018 |
1.200.000€ |
Popular |
2018 |
3.000.000€ |
Un dato curioso es que no aparezca Bankia, ni el Sabadell; aunque ya cometieron suficientes fechorías con el tema de las cláusulas suelo.