El pasado viernes, día 24 de octubre, se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el calendario laboral del próximo 2015.
Este calendario de fiestas nacionales es común en todas las comunidades autónomas y ha sido publicado en el Boletín Oficinal del Estado según la resolución de la Dirección General de Empleo.
El calendario laboral para 2015 recoge un total de 8 fiestas nacionales comunes, cayendo todas entre semana salvo una.
De esos 8 días festivos, 7 son nacionales «no sustituibles» y 1 (el 6 de enero) en la que ninguna comunidad ha ejercido ha ejercido su facultad de cambiar este festivo a otro día.
Fiestas Nacionales |
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1 de enero: |
Año Nuevo |
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6 de enero: |
Epifanía del Señor |
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3 de abril: |
Viernes Santo |
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1 de mayo: |
Fiesta del Trabajo |
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15 de agosto: |
Asunción de la Virgen |
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12 de octubre: |
Fiesta Nacional de España |
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8 de diciembre: |
La Inmaculada Concepción |
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25 de diciembre: |
Natividad del Señor |
Fiestas de las Comunidades Autónomas |
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28 de febrero: |
Andalucía |
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19 de marzo: |
Comunidad Valenciana, Madrid, Murcia, Navarra, País Vasco y Ciudad de Melilla. |
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20 de marzo: |
Galicia |
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2 de abril: |
Excepto Cataluña y la Comunidad Valenciana |
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6 de abril: |
Baleares, Cantabria, Castilla la Mancha, Cataluña, Comunidad Valenciana, Navarra, País Vasco y La Rioja. |
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23 de abril: |
Aragón y Castilla y León |
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2 de mayo: |
Madrid |
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30 de mayo: |
Islas Canarias |
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4 de junio: |
Castilla la Mancha y Madrid |
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9 de junio: |
Murcia y Rioja |
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24 de junio: |
Cataluña |
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25 de julio: |
Galicia, Murcia y País Vasco |
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8 de septiembre: |
Asturias y Extramadura |
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11 de septiembre: |
Cataluña |
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15 de septiembre: |
Cantabria |
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25 de septiembre: |
Melilla y Ceuta |
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9 de octubre: |
Comunidad Valenciana |
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2 de noviembre: |
Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Extremadura y Galicia. |
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7 de diciembre: |
Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Castilla La Mancha, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Extremadura, Murcia y La Rioja. |
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26 de diciembre: |
Cataluña |
El Gobierno pretende cambiar la legislación para permitir la movilidad de determinados festivos, los que caen entre semana, para reducir los ‘macropuentes’ y hacer más eficaz el calendario laboral.
Los tres días que se decidió que podrían ser susceptibles de modificación son el 15 de agosto, 1 de noviembre y 6 de diciembre.