Aportar dinero a la Cuenta COINC con tarjetas de débito o de crédito

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Aportar dinero a la Cuenta COINC con tarjetas de débito o de crédito
26 de agosto del 2014 a las 11:08

La semana pasado os indicamos que COINC sigue sin la posibilidad de los Adeudos Directos, la forma de meter dinero en la Cuenta COINC sin costes ni comisiones.

Según indican en el blog de COINC esta posibilidad estará disponible después del Verano, esperemos que se refieran al verano de 2014.

Entre tanto, la entidad ofrece a sus clientes una posibilidad de ingresar dinero en su cuenta sin comisiones utilizando tarjetas de débito o de crédito.

¿Cómo se hace?

COINC permite realizar aportaciones con las tarjetas de débito y crédito a las metas colectivas o las metas compartidas.

Lo más sencillo es la opción compartir meta.

¿Compartir meta?

Esta opción se activa desde el menú derecho cuando entramos en una de las metas que tengamos creado.

Una vez seleccionado las opciones, guardamos la configuración, y nos vuelve a llevar a la pantalla de la meta, con un cambio sustancial en el menú derecho.

Lo más importante, es el enlace que aparece, con el cual podremos realizar aportaciones desde una tarjeta de crédito o débito.

La persona que quiera realizar un ingreso en tu meta (por ejemplo, tú mismo) tan solo tiene que ir al link de tu meta compartida, pulsar en “Aportar dinero a esta meta”, seleccionar “Con Tarjeta” indicar la cantidad a ingresar, el nombre con el que se quiere identificar, los 16 dígitos de su tarjeta de crédito o débito, la fecha de caducidad y el CVV.

A continuación, el servidor te redirigirá a la página del banco emisor de su tarjeta de crédito, lugar donde tendrá que identificarse para confirmar el pago, ya que en COINC utilizamos la tecnología 3D Secure.

¿Inconvenientes?

Principalmente uno, que sólo permite realizar aportaciones máximas de 1.000 euros.

Si queremos utilizar esta opción para ingresar una cantidad de dinero considerable es un rollo.

Lo ideal es que implante cuanto antes los Adeudos Directos, el heredero de las OTEs u Orden de Transferencia de Efectivos.



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Última actualización: 25 de Diciembre del 2024