Modelo 720: a presentar antes de 1 de abril, si has tenido dinero en el extranjero en 2023

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Modelo 720: a presentar antes de 1 de abril, si has tenido dinero en el e...
09 de enero del 2024 a las 12:51

Desde el pasado 1 de enero se abrió el plazo para la presentación del modelo 720, la declaración de bienes en el extranjero, si has tenido dinero de cierta cantidad en bancos extranjeros en 2023.

Dispones de hasta el 1 de abril para realizar este trámite o estarás expuesto a multas por parte de la Agencia Tributaria.

Algunos piensan que al ser declarado ilegal por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), ya no se debería de presentar.

Pero lo que realmente ocurrió es que el TJUE indicó que las multas eran «desproporcionadas» y menoscaban la libre circulación de capitales en la Unión Europea.

Así que el Gobierno español, aprobó un nuevo régimen sancionador, evitando la ilegalidad declarada por el TJUE:

  • La presentación del modelo 720 seguirá siendo obligatorio.
  • El delito prescribirá a los 4 años.
  • Las sanciones no superarán el 50% de la cuota defraudada (antes hasta 150%).

¿Quién debe de presentar?

Estarán obligados a presentar esta declaración informativa los contribuyentes que posean en el extranjero alguno de los siguientes grupos de bienes que supere en total más de 50.000 euros:

  1. Cuentas
  2. Valores, Seguros o Rentas
  3. Bienes inmuebles

En definitiva, si el total de cada uno de los 3 grupos anteriores de bienes no superan los 50.000 euros a fecha de 31 de diciembre de cada año, no tienes la obligación de presentar el modelo 720.

Una vez presentado el Modelo 720 por primera vez, en los sucesivos años, sólo será obligatoria cuando cualquiera de los saldos conjuntos de los tres diferentes bloques de bienes anteriormente mencionados, hubiese experimentado un incremento superior a 20.000 euros respecto de los que determinaron la presentación de la última declaración.

Como ejemplo de ahorradores afectados, son las personas que tuvieran contratados depósitos de Raisin, salvo Haitong, que es una entidad con sucursal en España.

¿Más obligaciones?

Si tuvieras mucho mucho dinero en el extranjero, tendrías que declararlo también en el Banco de España, que exige según la Circular 4/2012, de 25 de abril, que entró en vigor el 1 de enero de 2014:

  • Mensualmente y dentro de los 20 días siguientes al fin de cada mes natural: si los importes de la transacciones durante el año inmediatamente anterior, o los saldos de activos y pasivos el 31 de diciembre del año anterior, resultan iguales o superiores a 300 millones de €.
  • Trimestralmente y dentro de los 20 días siguientes al fin de cada trimestre natural: si los importes de las transacciones durante el año inmediatamente anterior, o los saldos de activos y pasivos el 31 de diciembre del año anterior resultan iguales o superiores a 100 millones e inferiores a 300 millones de Euros.
  • Anualmente, y no mas tarde del 20 de Enero del año siguiente: si los importes de las transacciones durante el año inmediatamente anterior, o los saldos de activos y pasivos el 31 de diciembre del año anterior resulten inferiores a 100 millones de € y más de 1 millón de euros.
  • A petición del Banco de España: cuando el importe no sea superior a 1 millón de €

>> Más información

Además, los intereses generados en el extranjero, no aparecerá en tu borrador de la declaración de la renta y lo tendrás que incluir manualmente:

>> Declarar intereses obtenidos en el extranjero

34 Comentarios
  • por www.tucapital.es 9 enero, 2024 a las 12:56

    En los próximos días os indicaremos cómo se rellena el modelo 720.

    • por david 9 enero, 2024 a las 13:01

      Muchas gracias, súper útil.

    • por Cris 9 enero, 2024 a las 13:11

      Sería genial. Por favor, con mucho detalle.

      Mil gracias

    • por srwilson 9 enero, 2024 a las 13:50

      Gracias por estas aportaciones. Gracias a este blog me decidí a abrir cuenta con total tranquilidad. Tengo un duda, creo que no es necesario declarar la cuenta de Raisin en el modelo 720. ¿es así?

    • por jose2 9 enero, 2024 a las 17:20

      Para srwilson:
      Lo que tuvieras en la cuenta pasarela de Raisin sI tienes que declararlo igual, si la suma de todas tus cuentas en el extranjero supera 50000 euros, porque es una cuenta con iban alemán.

  • por Juana Hermosa 9 enero, 2024 a las 13:28

    Que bancos si tienen sucursal en España y por tanto no es obligatorio presentar esta declaración? Lo digo por no liar al personal y evitar sustos del fisco llena bolsillos de los políticos.

  • por Jose 9 enero, 2024 a las 14:49

    . . . . . . . . . . si has tenido MENOS de 50.000 € ( por ejemplo 49.999,99 € incluidos intereses ) en una entidad bancaria cuyo IBAN NO comience por ES hasta el 31 de diciembre de 2023 ; NO tienes que rellenar el modelo 720 . . . . . si has tenido MAS de 50.000 € ( por ejemplo 50.000,01 € incluidos intereses ) en una entidad bancaria cuyo IBAN NO comience por ES hasta el 31 de diciembre de 2023 ; SI tienes que rellenar el modelo 720 . . . . . si has tenido MENOS de 50.000 € ( por ejemplo 49.999,99 € incluidos intereses ) desde el 1 de octubre de 2.023 al 31 de diciembre de 2.023 en entidades bancarias cuyo IBAN NO comience por ES ; NO tienes que rellenar el modelo 720 . . . . Si has tenido MAS de 50.000 € ( por ejemplo 50.000,01 € incluidos intereses ) desde el 1 de enero de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2023 : NO tienes que rellenar el modelo 720 . . . .

    • por Jose 9 enero, 2024 a las 14:55

      . . . . . en definitiva , las claves para el modelo 720 , son 50.000 € en entidades bancarias que NO comiencen su IBAN por ES y 30 de septiembre de 2024 . . . .

  • por Juan Antonio 9 enero, 2024 a las 15:23

    Por tanto, solo habría que presentarlo si superas los 50.000€ en 2023 en el extranjero, pero SOLO si lo superas durante el último trimestre del año (octubre-diciembre 2023), y NO si lo has superado durante los primeros 9 meses, pero no durante los últimos 3 meses, ¿verdad? ¿Me podéis confirmar esto? Muchas gracias

    • por Jose 9 enero, 2024 a las 15:29

      CORRECTO . . . . CONFIRMADO

  • por Marta 9 enero, 2024 a las 15:56

    Por qué la gente no cede este trámite a una asesoria fiscal?. Zapatero a tus zapatos. Será que a mi me da mucho respeto equivocarme en colocar una cifra que no toca de más o de menos en la casilla equivocada. Además, ellos tienen un seguro de Responsabilidad Civil, y, en mi caso, es revisada por cuatro personas antes de su presentación por la multa millonaria que les cae en caso de error. Es un modelo informativo, no punitivo. Como digo, a mi me da mucho respeto los trámites con la administración,y dormir tranquila no tiene precio. Es ponerse y seguro que mis miedos son mayores que lo que realmente corresponde, pero bueno, en cualquier caso, que a todos nos vaya bien y podamos sacar el mejor rendimiento posible a los ahorros generados con tanto esfuerzo. Feliz Año a todos, por cierto.

    • por victor 9 enero, 2024 a las 17:09

      Presentar una declaración informativa a hacienda como es el modelo 620 NO es complicado. Y la mayoría de las asesorias fiscales se limitan a presentarlo en tu nombre y TU eres el responsable que lo firmas. Por cierto aun no encontré quien me asegure como tributan los beneficios de la Cuenta Flexible Revolut, que invierte en un fondo monetario de Fidelity, si es Incremento de Patrimonio o Rentas de Capital Mobiliario. Y ni siuiera saben aclararlo en el chat de Revolut

    • por victor 9 enero, 2024 a las 17:11

      Modelo 720 quise decir

    • por jose2 9 enero, 2024 a las 17:27

      para Victor: esto en Revolut no tienen por qué saberlo. La consulta es a la Agencia Tributaria. Realmente no debería quitarte el sueño, porque tributan igual (todo, incremento de patrimonio y rentas de capital mobiliario se suma en la base imponible del ahorro y de ahi se calcula la cuota). No te van a multar por ponerlo en una casilla o en otra.

    • por victor 9 enero, 2024 a las 17:49

      Creo que en Revolut que ahora tiene IBAN Español y con millones de clientes deberian saber asesorar en este tema del Depósito Flexible. A mi no me quita el sueño, Marta dice que dormir tranquilo no tiene precio, eso se soluciona con Mastercard o Lorazepán. Lo ultimo que me contestó Revolut es «Admiro tu paciencia» ante una consulta que lleva meses abierta. A lo mejor todo se soluciona solo y viene en los Datos Fiscales del IRPF. Y a Marta que tanto confía en los Asesores Fiscales, da lo mismo que lo revisen 4 personas que 40 si no se van a responsabilizar en su nombre. Sabéis los requisitos legales para ser Asesor Fiscal o Asesor Financiero? NINGUNO.
      Asi que se agradece a http://www.tucapital.es que nos indique como se rellena el modelo 720 y toda la ayuda desinteresada y opiniones que publican. Asimismo agradezco a http://www.tucapital.es las ayudas para reclamar contra los bancos por los cobros abusivos de testamentaría y otros trámites. Muchas veces se aprende mas de los foros que consultando a supuestos asesores profesionales (algunos se limitan a presentar el borrador de hacienda en tu nombre y cobrarte por la gestión).

    • por www.tucapital.es 10 enero, 2024 a las 12:17

      Ya hemos indicado varias veces que la Cuenta Revolut NO es una CUENTA BANCARIA. Es una inversión:

      https://www.tucapital.es/cuentas/mas-detalle-sobre-la-cuenta-flaxible-de-revolut-no-es-cuenta-es-un-fondo-monetario/

      Debes rellenarlo como Valores, no cuentas.

  • por Jose 9 enero, 2024 a las 16:17

    . . . . . ULTIMA HORA . . . . Letras a 6 al 3,635% . . . . con ligera subida respecto a la última subasta del año anterior . . . . Letras a 12 al 3,314% con ligera bajada respecto a la última subasta del año anterior . . . . .

  • por Pablo 9 enero, 2024 a las 16:30

    Gracias, por la info y la que esta por venir.

    De todas formas, deberían volver a modificarlo, o que se lo vuelva a tumbar la UE,
    Entiendo que el dinero si te lo llevas a Belize, Mexico, Malta, Bahamas, no tiene pinta de oler bien ( como algunos de…..).
    Pero si tu dinero esta en Alemania, porque has trabajado allí 2 años, o en Italia, es decir, con la excesiva movilidad, hay muchos cambios, por ej. persona joven, no encuentra trabajo, se va a Irlanda-Alemania, y acumula en ese país más de 50mil, habría que pensar que pasaría, también como afecta al cambio de residencia.

    Y si alguien sabe de algún trabajo decente en España, que me avise valmanf@hotmail.com, porque seriamente, estoy planeando irme fuera. Gracias.

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Última actualización: 18 de Octubre del 2024