Hacienda pondrá fácil las cosas a los contribuyentes que cobraron la prestación por maternidad y pagaron impuestos por dichos ingresos en los años 2014, 2015, 2016 y 2017 y que el TS ha declarado exento.
La administración creará un formulario que estará disponible durante esta semana y sólo habrá que indicar:
- Datos identificativos del contribuyente.
- Los años que se percibió la prestación de maternidad.
- Un número de cuenta bancaria donde se quiere que abone la devolución.
La Agencia Tributaria hará todas las averiguaciones y verificaciones:
- Si realmente cobraste prestación esos años.
- Cuánta prestación cobraste.
- Cuánto dinero pagaste indebidamente y que ahora procederá a devolverte.
- Intereses de demora de todo ese dinero.
Pero hay que tener en cuenta lo siguiente a la hora de rellenar el formulario:
- Los niños haya nacido en los meses de septiembre (segunda mitad), octubre, noviembre y diciembre, han cobrando la prestación en 2 años (hay que indicarlo en la solicitud).
- Los que hayan tenido un bebé después del día 11 de septiembre de 2013 tiene derecho a pedir devolución, pero sólo para los años 2014, 2015, 2016 y 2017. Lo que se haya pagado de impuesto del año 2013 ya no se puede reclamar salvo que hayas emprendido acciones antes de su prescripción.
- Los que está cobrando la prestación en 2018 y os ha retenido en el IRPF, no os preocupéis, cuando hagáis la declaración del 2018 (en 2019), tenéis que incluir dichas retenciones y os devolverá.
Una vez verificado y considerada procedente, enviará una liquidación provisional que rectifica tu declaración presentada y en unos pocos meses, te devolverán tu dinero en tu cuenta bancaria.
De todas formas, conviene que hagáis vuestras cuentas, para contrastar si Hacienda ha hecho correctamente los deberes, para eso os dejamos el siguiente enlace con las instrucciones para calcular lo que os ha de devolver:
Os recordamos que pueden reclamar los que cobraron prestación de maternidad los años 2014, 2015, 2016 y 2017.
19 de enero del 2022
Los desempleados con derecho al Subsidio de Desempleo o a la Renta Activa de Inserción (RAI), cobrará en enero (el pago es sobre el día 10 de Febrero) 463€, 11€ al mes más que en 2021.
También cobrará más los desempleados que están cobrando la mínima de la prestación contributiva.
29 de diciembre del 2021
La prestación por hijo a cargo, o «los puntos» comúnmente llamados, se paga por ley el día 16 de julio y el 16 de enero. Sin embargo, este año, Openbank ha adelantado este pago al día 27 de diciembre, casi con 3 semanas de antelación.
Desconocemos si es porque la Seguridad Social ha decidido adelantar el pago (no lo creemos, porque mucha gente están indicando que ellos no lo han cobrado aún) o si ha sido por voluntad de Openbank (seguramente).
18 de noviembre del 2021
Si se aprueban los presupuestos generales del estado (LPGE) sin cambios en este punto en el Congreso de los Diputados, en 2022 los desempleados subsidiados cobrarán un 2,5%, unos 11€ al mes más.
También cobrará más los desempleados que están cobrando la mínima de la prestación contributiva.